Informe sobre la violencia obstétrica de las Naciones Unidas

El pasado mes de Julio se hizo público un informe histórico de las Naciones Unidas, redactado por la relatora especial Dubravka Simonovic, sobre la violencia obstétrica contra la mujer, sus causas y consecuencias.

En el informe se analiza la cuestión del maltrato de la mujer en los servicios de salud reproductiva, haciendo especial hincapié en la atención al parto y la violencia obstétrica así como las causas y los problemas estructurales que deben afrontarse para luchar contra estas formas de maltrato y violencia.

En los últimos años, el maltrato y la violencia que algunas mujeres han experimentado en el parto y en los servicios de salud reproductiva han generado gran interés, especialmente debido a los numerosos testimonios publicados por mujeres en las redes sociales, demostrado que la violencia obstétrica existe y es un fenómeno generalizado.

Ya en el año 2015 la Organización Mundial de la Salud respondió publicando una declaración en la que condenaba el maltrato físico, la humillación, la agresión verbal, los procedimientos médicos coercitivos o no consentidos, la falta de confidencialidad, la falta de obtención de consentimiento verdaderamente informado o el abandono.

En el informe de las Naciones Unidas, se propone aplicar un enfoque basado en los derechos humanos. El maltrato y la violencia contra la mujer no sólo violan los derechos de las mujeres sino que además ponen en peligro su vida y salud. Estas violaciones de los derechos humanos se producen en el contexto de desigualdad estructural, discriminación y el patriarcado. También son consecuencia de falta de educación y formación.

El informe reconoce que a nivel mundial hay falta de consenso sobre el modo de definir la violencia contra la mujer durante la atención al parto y en los centros de salud. Además, la violencia contra las mujeres en el parto está tan normalizada que todavía no se considera violencia contra la mujer. En el informe, la relatora especial utiliza el término violencia obstétrica y recomienda a los estados a elaborar leyes que la penalicen.

Reconoce en el informe el consentimiento informado como derecho humano y como salvaguardia de este tipo de violencia dado que a menudo se niega a las mujeres su derecho a tomar decisiones plenamente informadas.

La relatora especial hace mención a las diferentes manifestaciones de la violencia obstétrica en el informe y reconoce que este tipo de violencia se produce en todo el mundo y afecta a todas las mujeres de todos los niveles socioeconómicos.

  • Cesáreas o episiotomias realizadas sin consentimiento o innecesarias pueden constituir violencia de género e incluso tortura según el documento.
  • Personal médico sin experiencia para realizar exámenes ginecológicos o el uso excesivo de oxitocina sintética para acelerar contracciones o alumbrar la placenta pueden causar daños a las mujeres. La maniobra de Kristeller sigue realizándose de forma generalizada a pesar de no estar recomendada por la OMS, según el informe.
  • Falta de autonomía y capacidad de toma de decisiones incluida la posibilidad de elegir la postura durante el parto, observaciones sexistas, culpa o trato humillante son algunos de los ejemplos que expone el informe. 

El informe señala cómo causas de la violencia obstétrica las malas condiciones de trabajo, bajos presupuestos destinados a la atención de la mujer, limitaciones de recursos o relaciones de poder en el sistema de salud, salarios bajos, jornadas largas y poco apoyo. También son causa las leyes discriminatorias o los estereotipos de género en el ámbito de la salud reproductiva en especial cuando hablamos de la competencia de las mujeres para tomar decisiones o las dinámicas de poder y el abuso de la doctrina médica. 

El informe recomienda las siguientes medidas para hacer frente al maltrato y violencia contra la mujer durante el parto y en los centros de salud que incluyen:

  1. La obligación por parte de los estados de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de las mujeres así cómo aprobar leyes y políticas para combatir y prevenir la violencia obstétrica, enjuiciar a los responsables y proporcionar reparación e indemnizaciones a las víctimas.

2. Los derechos humanos de las mujeres incluyen recibir un trato digno y respetuoso en los servicios de salud reproductiva y la atención al parto sin ser objeto de discriminación o violencia, de sexismo o de cualquier otro tipo de violencia psicológica, tortura, trato inhumano, degradante o coacción.

3. Los estados deben afrontar el problema del maltrato y violencia obstétrica desde una perspectiva de derechos humanos y establecer cooperación constructiva con las instituciones sanitarias y las asociaciones de profesionales con las organizaciones no gubernamentales de mujeres, los movimientos de mujeres y las instituciones independientes de derechos humanos.

4. Los estados deben elaborar estrategias sobre los servicios de salud reproductiva que garanticen tratamientos respetuosos, dignos y basados en los derechos humanos.

5. Los estados deben afrontar los problemas estructurales, la falta de educación y formación adecuada de todos los profesionales de la salud, la falta de personal cualificado y las limitaciones presupuestarias.

6. Garantizar la aplicación adecuada del consentimiento informado respetando la autonomía de las mujeres y su integridad y capacidad para tomar decisiones.

7. Considerar la posibilidad de permitir el parto en casa e impedir la penalización de dicha modalidad de parto.

8. Garantizar que las mujeres estén acompañadas por una persona de su elección.

9. Supervisar los centros de salud y recopilar y publicar anualmente datos sobre sus tasas de intervenciones en el parto.

10. Aplicar las recomendaciones de la OMS.

11. Establecer mecanismos de compensación a las víctimas de violencia obstétrica.

12. Garantizar la responsabilidad profesional y la sanción.

13. Garantizar investigación exhaustiva e imparcial de las denuncias de violencia obstétrica.

14. Sensibilizar abogados, jueces y ciudadanos acerca de los derechos humanos de las mujeres en el parto.

15. Revisar y reforzar leyes que prohíban el maltrato y violencia contra la mujer en todos sus ámbitos, incluido el parto.

Más información:

https://undocs.org/es/A/74/137

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